Blogia

area2

BUSCAS PERSONAL AREA II

 

 A partir de ahora todos los martes, desde esta Sección Sindical, publicaremos los buscas del Area II.

 

 

 

                        Actualizado el día:08/07/08 

 

ATS/DUE

 3.601

 0.572

0.388 

T.E.L.

 0.93

 0.928 

0.85 

T.E.R

 1.352

 1.328

1.295

T.A.PATOLOGICA

 5.62

 3.219

1.45

FISIOTERAPEUTAS

 4.747

 1.632

1.604

AUX. ADMISTRAT.

 2.64

 2.13

1.05

AUX. ENFERMER.

 1.922

 1.88

1.85

TELEFONISTA

 -----

 -----

 -----

CELADOR

 0.742

 0.7

 0.536

T.E. HIG. DENTAL

 2.189

 0.645

 ----

Medicos de Familia

 

PUBLICADA RESOLUCION PARA LA ACTUALIZACION DE MERITOS DE LOS DEMANDANTES DE EMPLEO MEDICOS DE FAMILIA VIA ECOE

20080704135046-meritosecoe.gif

Nos ha sido remitida la Resolución de la Gerencia del SESPA de 2 de julio de 2008 (registro de salida del 3 de julio), por la que se convoca el proceso de valoración de méritos de la especialidad de Medicina de Familia y Comunitaria obtenida “via ECOE”.

 

En dicha Resolución se hace referencia al pacto de modificación del Reglamento de Contrataciones, de 16 de mayo de 2008, que las organizaciones sindicales “presuntas firmantes” niegan.

 

Al margen de lo que firman y luego dicen no firmar, CC.OO. y UGT si que no firmamos nada y, en nuestro caso particular, no sólo eso sino que hemos impugnado ante los tribunales ese supuesto Pacto que ahora da origen a esta Resolución.

 

Entre tanto se pronuncien los jueces las Resoluciones de modificación del Reglamento y ésta PUBLICADA AYER, convocando la actualización, son TOTALMENTE VALIDAS.

 

El plazo para presentar las solicitudes es de DIEZ DIAS NATURALES.

 

El texto de la Resolución lo tenéis en la sección dedicada al “EMPLEO” (Bolsas de Demandantes): IR A DICHO AREA  

OTRA FOTO DE ANTES

OTRA FOTO DE ANTES

Que sirva esta foto como homenaje postumo a la compañera que ya no esta con nosotros.

Desarrollo Profesional

Desde el 1 de julio, y por un periodo de 2 meses, se abre el periodo de presentación de solicitudes para el encuadramiento en los niveles I y II del DESARROLLO PROFESIONAL.

20080630105358-desarrollo300608.jpg

Hoy el BOPA publica la Resolución de 20 de junio de 2008, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca el procedimiento de solicitud de encuadramiento con carácter extraordinario, correspondiente al Nivel I y al Nivel II de desarrollo profesional para el personal sanitario de los Grupos C y D y personal no sanitario de todos los grupos, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, que tengan la condición de personal estatutario fijo en el ámbito de los centros e instituciones sanitarias del SESPA.

 

Las solicitudes deberán presentarse en los distintos departamentos de personal en el periodo comprendido entre el próximo 1 de julio y el 31 de agosto.

 

Para ver los requisitos y las “bases reguladoras” de esta convocatoria, puedes hacerlo a través de nuestra sección de la web dedicada a CARRERA Y DESARROLLO PROFESIONAL de los trabajadores del SESPA. o con este enlace directo con el BOPA.

 

Los distintos modelos de documentos ya están a disposición de todos y todas en los departamentos de personal.

OPE 2008 Y CONCURSO DE TRASLADOS

LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DEL SESPA ACLARA CUESTIONES DE LA OPE 2008 Y DEL CONCURSO DE TRASLADOS

20080625232546-borjamari.jpg

La posibilidad de que las plazas sean 2644 y que todo esté desbloqueado en Septiembre, son dos de las cuestiones que se explican en el escrito remitido hoy a todos los trabajadores de SESPA.

 

Esta mañana, la Dirección de Recursos Humanos y Financieros del SESPA, ha hecho un envío generalizado a todos y todas l@s trabajadores del organismo en el que aclara cuestiones relacionadas con la reciente aprobación de la última Ley de Crédito Extraordinario aprobada por la Junta General del Principado de Asturias que, netamente, afectan a la OPE 2008 y al necesario Concurso de Traslados.

 

Puesto que en esta “sensible” cuestión las cosas tienen cierta tendencia a ser malinterpretadas y, con ello, acabar cargando al “mensajero” con las consecuencias del mensaje; nos limitamos a poneros un enlace con el escrito de la susodicha Dirección y que cada cual lea lo que dice el SESPA. (VER EL ESCRITO)

 

Esta información quedará “colgada” de manera permanente en nuestra sección de la WEB dedicada a las OPEs, traslados, movilidad ... etc.

 Un saludo.

Desarrollo Profesional

COMUNICADO REMITIDO POR EL SESPA EN RELACION CON EL DESARROLLO PROFESIONAL

20080623221139-sespa03.jpg

Os transcribimos el comunicado literal remitido desde la Dirección de Recursos Humanos del SESPA:

 

COMUNICACIÓN AL PERSONAL SANITARIO GRUPOS C Y D Y NO SANITARIO DE TODOS LOS GRUPOS

Asunto: Desarrollo Profesional, periodo extraordinario

 

El 11 de Junio de 2008, fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno las materias y criterios de evaluación, aplicables al régimen transitorio, del Desarrollo Profesional del Personal Estatutario Sanitario Fijo de los Grupos C y D, y No Sanitario de todos los Grupos, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

 

Dicho Acuerdo se publicó en el BOPA de 17 de junio de 2008, para su máxima difusión.

 

A su vez, el 13 de junio de 2008 la Dirección Gerencia del SESPA, dictó una Resolución sobre las materias y criterios de evaluación del Desarrollo Profesional del personal incluido dentro de la norma anteriormente mencionada.

 

Esta Resolución, publicada para general conocimiento en el BOPA de 19 de Junio de 2008, establece las puntuaciones, baremos y herramientas de evaluación de cada uno de los Factores correspondientes a los tres grandes Bloques objeto de evaluación (Anexo I), así como las puntuaciones mínimas requeridas para alcanzar el encuadramiento en los Niveles I y II de Desarrollo Profesional ( Anexo II). 

 

En los próximos días, se procederá a la publicación en el BOPA de la Resolución de 20 de junio de 2008 de la Dirección Gerencia del SESPA, por la que se convoca el procedimiento de solicitud de encuadramiento con carácter extraordinario, correspondiente al Nivel I y Nivel II de Desarrollo Profesional para el Personal sanitario de los Grupos C y D y Personal no Sanitario de todos los Grupos que tenga la condición de Personal estatutario Fijo en el ámbito de los Centros e Instituciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

 

En esta Resolución, se establece un plazo de presentación, de la solicitud de encuadramiento y de la documentación objeto de valoración, de dos meses a partir del 1 de julio de 2008. Tanto la solicitud como la documentación que sea preciso presentar se encontrará disponible en cada una de las Gerencias.  

 

Atentamente,

 

Manuel Cores Espiñeira, Director de Recursos Humanos y Financieros

Ley de Credito Extraordinario

20080620122908-excusa200608.jpg  SALE POR FIN EN EL BOPA LA LEY DE CREDITO EXTRAORDINARIO.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En el enlace que os ponemos a continuación podéis ver la publicación en el BOPA de la  Ley de crédito extraordinario: BOPA

 

De la misma, y sin añadir ningún comentario ya que todos y todas sabemos leer, os destacamos estos dos artículos:

 

“Artículo 7.— Oferta de empleo público durante el año 2008.

 

1. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de función pública, determinará, con la aprobación de la oferta de empleo público, el número de plazas vacantes que se podrán convocar para ser provistas por personal de nuevo ingreso. Dichas plazas se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, con el límite, en cuanto a la tasa de reposición de efectivos, que resulte de la aplicación de la normativa básica del Estado en la materia.

 

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la oferta de empleo público comprenderá las plazas de las plantillas que, estando presupuestariamente dotadas e incluidas en las relaciones de puestos de trabajo o catálogos, se encuentren desempeñadas interinamente o temporalmente, en los términos que señale la normativa básica del Estado en la materia.

 

3. Se podrán acumular a la oferta de empleo público a que se refiere el presente artículo las plazas no convocadas y que hubieran sido incluidas en las ofertas de empleo público aprobadas en ejercicios anteriores.

 

Artículo 8.—Autorización de incremento de plantilla.

 

Se autoriza, con arreglo al detalle del Anexo IV de la presente Ley, la creación de 65 plazas de personal funcionario y de 76 plazas de personal laboral en la Junta General del Principado de Asturias, la Sindicatura de Cuentas, el Procurador General, la Administración del Principado de Asturias, el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias y el Organismo Autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias, así como la creación de 1.046 plazas de personal estatutario en el Servicio de Salud del Principado de Asturias.

 

¿Actuará ahora el SESPA con la celeridad debida y convocará el concurso de traslados, primero, y luego la OPE o ambas cosas simultáneamente?  ¡¡… esperemos que si…!!

 

 

Desarrollo Profesional

Resolucion del SESPA con el “inicio del proceso” de encuadramiento del Desarrollo Profesional …

20080619140832-desarrollo190608.jpg

Manteniendo lo que ya hemos dicho con relación al Acuerdo del Consejo de Gobierno publicado hace dos días – y que podéis leer en este mismo Blog de noticias -, hemos de reconocer que por una vez el SESPA parece trabajar a un ritmo decente.

 

  Se publica la Resolución de 13 de junio de 2008, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se desarrollan las materias y criterios de evaluación del desarrollo profesional del personal estatutario fijo del SESPA, excluidos Licenciados y Diplomados Sanitarios, aplicables al régimen transitorio y contenidos en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 11 de junio de 2008.

 

Dicha Resolución contiene ya los modelos que se van a utilizar para el encuadramiento así como las baremaciones. Sin embargo lo único reseñable a efectos de plazos es el hecho de que se requiere a todos los responsables de las Unidades de Gestión (punto cuarto del texto legal) para que, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, dónde identifican como Unidades de Gestión, para el régimen transitorio y a efectos de fijación de objetivos colectivos, a las Direcciones de Enfermería y Direcciones de Gestión de cada una de las Gerencias de Área del Servicio de Salud del Principado de Asturias, así como, específicamente y a éstos efectos, del Hospital Monte Naranco y a la Unidad de Coordinación de Atención a las Urgencias y Emergencias Médicas (SAMU); para que en el plazo máximo de 10 días fijen un mínimo de tres y un máximo de cinco objetivos colectivos que podrán ser de actividad, calidad y/o utilización de recursos.

Dichos objetivos deberán ser de general conocimiento de todos y todas

 

La fijación de estos objetivos se materializará en el modelo normalizado que se recoge en el anexo III de la presente Resolución y que podéis ver junto con el texto íntegro de la misma en este enlace: RESOLUCION.