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BUSCAS PERSONAL AREA II

Actualizado el dia : 14 de Octubre de 2008 a las 9.15 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ATS/DUE

 1.056

 0.975

 0.62

T.E.L.

 1.614

 0.85

 0.847

T.E.R

 7.972

 3.524

 2.56

T.A.PATOLOGICA

 3.219

 1

 0.651

FISIOTERAPEUTAS

 1.656

 1.632

 1.604

AUX. ADMINIST.

 9.264

 2.13

 1.25

T.E. HIG. DENTAL

 2.189

 0.645

 0.312

AUX. ENFERMER.

 2.056

 2.01

 1.85

TELEFONISTA

 2.41

 2.028

 0.716

CELADOR

 2.428

 1.17

 0.553

PINCHE

 0.388

 0

 0


ACTA JUNTA DE PERSONAL AREA II (SEPTIEMBRE 08)

  

ACTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL AREA SANITARIA II

 

 

Fecha 04/09/08                                                                      Acta 08/08

 

Mª Teresa Martínez Iglesias – USAE

Victor Rodríguez Linde- CCOO

Francisco Javier Iglesias- CCOO

Carolina Andrés Cano – CCOO

Belen Llano – UGT

Francisco Ramos – Asesos UGT

Pedro Escalada – UGT ( Justifica la ausencia)

 

            En Cangas del Narcea, siendo las 10’20 horas del día cuatro de septiembre del 2008, se reúnen las personas arriba indicadas en el local de la Junta de Personal del Area II, con el siguiente

 

ORDEN DEL DÍA

 

            1º) Lectura y aprobación del acta anterior.

            2º) Información de la correspondencia recibida.

            3º) Ruegos y preguntas.

 

            PRIMERO. Se da lectura del acta 07/08, y se acuerda por unanimidad de los presentes subsanar el párrafo, que hace referencia a los técnicos de laboratorio, sobre su trabajo en el banco de sangre.

            SEGUNDO. Dentro del apartado de la correspondencia recibida, se da lectura a las siguientes comunicaciones enviadas a esta Junta:

 

            1º) Escrito de la Gerencia a esta Junta, sobre “Designación de nuevos Delegados de Prevención”, se acuerda por unanimidad de los presentes, asesorarse en nuestros respectivos sindicatos, con el fin de contestar a la dirección del centro de nuestra postura al respecto.

            2º) Escrito sobre propuesta de modificación del Decreto de Estatutarización, la Junta acuerda darse por enterada.

            3º) Escrito sobre dotación de fotocopiadota y tablón de anuncios, dichas peticiones serán incluidas en el plan de necesidades del hospital.

            4º) Informe de la Dirección de Enfermería, que ha sido enviado a los TEL, donde queda reflejado que las actividades que realizan los distintos profesionales no son las mismas. Se acuerda por unanimidad de los presentes darle las “gracias” a la Gerencia por la contestación, pero ya obraba en poder de esta Junta dicho escrito, que es el mismo que se envió a los técnicos de laboratorio.

            5º) Comunicación sobre el cambio de puesto de trabajo, de dos auxiliares administrativas (de primaria a especializada), debido a sendos informes del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Se acuerda por unanimidad de los presentes oponerse a dicho cambio de destino, puesto que no existe base legal para el mismo.

            6º) Se remite por parte de la Gerencia, los objetivos colectivos para el año 2008, cuyo cumplimiento será uno de los apartados a valorar en el Desarrollo Profesional del Personal. Esta Junta acuerda darse por enterada de los mismo.

            7º) Se recibe acuerdo firmado por las centrales sindicales y la dirección del centro, sobre movilidad interna en este hospital. Se acuerda darle registro de entrada y archivarlo.

            TERCERO. Dentro del apartado de Ruegos y Preguntas, se pone de manifiesto posibles irregularidades, a la hora de adjudicar contratos de enfermería en Atención Primaria. No obstante, con el fin de aclarar esta cuestión y dudas respecto a los escritos recibidos, se acuerda por unanimidad de los presentes solicitar una reunión con el equipo directivo de este hospital, con el siguiente orden del día:

            1º) Contrataciones en general.

            2º) Cambios de destino entre hospital y primaria.

            3º) Día de fin de jornada.

            4º) Técnicos de Laboratorio en el banco de sangre.

            5º) Ruegos y preguntas.

 

            Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las doce horas del día antes citado.

ACTA JUNTA DE PERSONAL AREA II (MES JUNIO)

 

 ACTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL AREA SANITARIA II

  

 

Fecha 05/06/08                                                          Acta 7/08

 

Martín Menéndez Mathe –USIPA-SICEPA

Mª Teresa Martines Iglesias – USAE

Carolina Andrés Cano – CCOO

Francisco Javier Iglesias Rodríguez – CCOO

Elena Rodríguez Rodríguez – UGT

 

            En Cangas del Narcea, siendo las 10’10 horas del día 5 de junio de 2008, se reúnen las personas arriba indicadas en el local de la Junta de Personal del Area Sanitaria II, con el siguiente

 

ORDEN DEL DÍA

 

1)      Lectura y aprobación del acta anterior.

Se procede a la lectura del acta 6/08, y siendo de conformidad por todos los asistentes, se firma.

2)      Lectura correspondencia recibida.

a)      Dirección de Enfermería remite a esta Junta comunicación de la contratación de un fisioterapeuta para el Centro de Salud de Tineo, desde el 22 de mayo al 28 de noviembre, con objeto de disminuir la lista de espera.

b)      Se lee escrito enviado por los Técnicos de Laboratorio sobre el trabajo en el Banco de Sangre de este Hospital, (turnos de mañana laborables lo realiza un ATS/DUE, y el resto de turnos, fines de semana y festivos un Técnico). Esta Junta manifiesta que  está de acuerdo en que durante el turno de mañanas sea un TEL el que realice las funciones de técnico en el Banco de Sangre, el ATS/DUE deberá realizar las funciones propias de su categoría en dicho Banco; por lo que se decide enviar escrito a la Gerencia proponiendo que se adopten las medidas oportunas para solucionar esta situación.

c)      Gerencia remite nota sobre la iniciación del proceso que permitirá antes de finales de año la evaluación y encuadramiento del personal estatutario del SESPA, excluidos licenciados y diplomados sanitarios, en los grados I y II de la Carrera y Desarrollo Profesional.

d)      Se convoca a esta Junta a que designe un representante de la misma, para formar parte de la Comisión para la selección de un “Técnico no titulado de prevención de riesgos laborales”, que tendrá lugar el día 10 de junio de 2008.

e)      Gerencia comunica la apertura a partir del 2 de junio de 2008 de un 4º turno de Hemodiálisis, que se realizará en horario nocturno de lunes a sabado. Además de que por este motivo se instaurará desde esa fecha una guardia de presencia física de Nefrología los lunes.

Los miembros de esta Junta manifiestan que este aumento de turno incrementará también el trabajo de otras categorías profesionales, como: celadores, técnicos de laboratorio, técnicos de radiología, personal de limpieza, etc.

f)        La Directora Gerente del SESPA, comunica a través de la Gerencia de esta Area , información sobre la “Jornada Complementaria en Atención Primaria”.

 

3)      Ruegos y preguntas.

a)      Se vuelve a tratar el tema de la movilidad interna. El Director de Gestión trasmite a esta Junta la imposibilidad de haber realizado una propuesta formal sobre la movilidad del personal administrativo, como había quedado tras la última reunión. Los miembros de la Junta acuerdan instar a la Dirección de Gestión a que en un plazo máximo de 15 días (hasta el día 20/06/08), debe convocar a la Comisión destinada a este efecto, para resolver este tema.

b)      Al no haber recibido ninguna respuesta, se acuerda insistir en la solicitud de una fotocopiadota y un tablón de anuncios, acristalado y con llave, para esta Junta.

 

Emplazar a los miembros de la Junta para próxima reunión el día 4 de septiembre de 2008 a las 10’00 h.

Y sin más asuntos que tratar, y siendo las 12’10 horas, se da por finalizada la reunión.

ACTA JUNTA PERSONAL AREA II (FEBRERO 08)

 

ACTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL AREA SANITARIA II

 

Fecha: 28/02/08                                                          Acta 3/08

 

Angeles García García- Gerente del Area Sanitaria.

Cristina Salomé Estrada Solís – Directora Médica de Atención Primaria.

Agustín Lera Flórez- Director de Gestión y Servicio Generales.

Alejandra Navarro González- Directora de Enfermería.

Patricia García Puente- Adjunta de Enfermería.

Eva María Galán González- Delegada Sindical CEMSATSE.

Juan Antonio Corral Velasco- CEMSATSE.

Marcos Carreño Villareal – CEMSATSE.

Martín Menéndez Mathé- USIPA-SICEPA.

Carolina Andrés Cano – CCOO.

Victor Rodríguez Linde – CCOO.

Francisco Javier Iglesias Rodríguez- CCOO.

Mª Teresa Martínez Iglesias- USAE.

Belén Llano Membiela- UGT.

Elena Rodríguez Rodríguez- UGT.

Luz del Mar Iglesias Rodríguez- Delegada Sindical UGT

Francisco Ramos Fernández- Asesor Sindical UGT.

 

            En Cangas del Narcea, siendo las 10’10 horas del día 28 de febrero de 2008, se reúnen las personas arriba indicadas en la Sala de Juntas de este Centro Hospitalario, con el siguiente

 

ORDEN DEL DÍA

 

a)      Lectura y aprobación de las actas anteriores.

Se procede a la lectura del acta 9/07, y siendo de conformidad por todos los asistentes, se firma.

Se lee el acta 11/07, y después de tomar nota de las modificaciones oportunas, queda pendiente de su firma para la próxima reunión.

 

b)      Sustituciones de horas sindicales.

La Junta de Personal plantea la queja de la no sustitución de las horas sindicales al personal facultativo.

Gerencia refiere que al personal facultativo de Atención Primaria se le sustituye siempre que existe esa posibilidad (en la actualidad sólo hay cuatro facultativos en la bolsa de demandantes de empleo, y éstos están trabajando continuamente), incluso a veces no se sustituyen otro tipo de permisos para sustituir las horas sindicales. El personal facultativo de Atención Especializada, no se sustituye nunca ya que es imposible encontrar sustitutos por un día.

Además, en cuanto a la reclamación que en su día hizo Pedro Escalada (UGT) de que se compensasen las horas sindicales que realizó un compañero, la Gerente afirma que, consultados los Servicios Centrales sobre este tema, no se pueden compensar mientras no cubran el número de horas que deben realizar.

La Gerencia comenta que en Atención Primaria, cuando no hay posibilidad de sustituir, la única opción es repartir los pacientes entre el resto de facultativos, con lo que Juan A. Corral (CEMSATSE) quiere dejar constancia que cuando no se le encuentre sustituto no va a utilizar el permiso sindical, puesto que no quiere sobrecargar de trabajo a sus compañeros.

La Junta de Personal vuelve a proponer que la Gerencia debe comunicar e insistir a los Servicios Centrales, en que mientras no exista algún tipo de incentivo para acudir a trabajar a esta Área el problema va a incrementarse. La Gerencia responde que ya está trasladando este problema, que en los Servicios Centrales son conscientes de él y que están trabajando a todos los niveles para solucionarlo.

 

c)      Nombramientos y ceses de cargos de confianza.

La Junta de Personal agradecería que se le comunicasen los nombramientos de Supervisiones y cualquier otro cargo.

 

d)      Carteleras de personal.

Los miembros de la Junta proponen que las carteleras estén expuestas en cada una de las Unidades (incluida Atención Primaria), de esta forma podrían ser consultadas por los trabajadores y por los miembros de la Junta, sin perjudicar la actividad asistencial. La Directora Médica de Atención Primaria comenta que no tiene constancia de que en la actualidad no estén expuestas. La Directora de Enfermería atiende a esta petición.

A la pregunta de la Junta de cuando se liquidaron los días del año pasado al personal eventual, y a por qué no se contrató más personal de Enfermería en lugar de permitir que éste se pasase de horas; la Dirección de Enfermería contesta que se liquidó a 31/12/07 y se incluyó en la nómina de febrero 2008, y que el personal eventual tiene sus descansos reglamentarios, que no se debe contratar a gente para sustituir a los sustitutos, y que este año en cuanto a los excesos de jornada hubo una mejoría clara con respecto a otros ejercicios.

La Junta de Personal manifiesta que no está de acuerdo con que a unos trabajadores se les paguen horas y a otros no se les haga contrato. La Dirección de Enfermería expone que durante el mes de diciembre el personal que figuraba en la bolsa de demandantes de empleo, estaba contratada en Atención Primaria y que incluso hubo gente que estaba de baja en el bolsa.

 

f) Listas de espera.

La Junta de Personal aclara que en su día solicitó a la Gerencia las listas de espera con el motivo de saber si los trabajadores están sobrecargados ó se envían a los pacientes a otros Centros (con lo que existe la posibilidad de quedar sin trabajo). Además, se plantea la duda de si los datos que nos trasladaron son reales.

La Gerencia contesta que sí son reales, si la lista de espera quirúrgica sobrepasa los 180 días, se oferta ir a otro Centro, la no aceptación implica el perder antigüedad en la citada lista. A lo largo del año sí hubo gente que esperó más de 180 días, pero en diciembre se cumplió este plazo. La Junta de Personal manifiesta su malestar por esta sanción, no todos los pacientes tienen las mismas posibilidades personales para acceder a esta oferta.

Los miembros de la Junta quieren saber si no se puede incrementar el personal para atender la demanda, a lo que la Gerencia contesta que se intenta, pero que ahora para los contratos eventuales e interinos tienen que pedir autorización a la Dirección del SESPA (aclaran que para los contratos de sustitución no es necesario). La Junta de Personal plantea que esto perjudica a los trabajadores, y que se debería transmitir este malestar a los Servicios Centrales.

Sobro si existe un criterio unificado en el SESPA para pagar las jornadas complementarias de actuación, la Gerencia contesta que desde este mes sí.

 

f) Funcionamiento del Registro de entrada de documentos.

Ante la protesta de la Junta de Personal por documentos que llegan al Registro de Entrada del Hospital, van dirigidos a la Junta, y no se reciben en la misma; el Director de Gestión aclara que la correspondencia recibida se registra, se introduce en un sobre y se envía al destino (no se hace copia). En cuanto al escrito que se hace la reclamación no se sabe el motivo por el que no llegó a su destino.

 

g) Comisiones de Servicio.

La Gerencia expone que tienen seis peticiones de Comisiones de Servicio del personal de enfermería, cuatro de ellas ya están informadas favorablemente y dos aún sin tramitar (las acaban de recibir). Se van a informar favorablemente las solicitadas por el personal de Enfermería (otro personal: Auxiliares de Enfermería, Auxiliares Administrativos, ya se habían concedido), al personal facultativo no se les va a conceder (falta de personal en la bolsa de demandantes de empleo). Además, sólo se van a conceder las Comisiones de Servicio de otras Comunidades Autónomas, dentro del SESPA, no se están concediendo.

 

h) Movilidad Interna.

La Dirección de Enfermería y la Dirección de Gestión, proponen una reunión para finales del mes de marzo con la Comisión que la Junta estableció para tratar el tema de la Movilidad, quieren perfilar algunos puntos de la propuesta que se les había enviado. La Dirección de Enfermería plantea resolverlos después del periodo vacacional.

Los miembros de la Junta aceptan esta reunión, pero quieren que se resuelva a la mayor brevedad posible.

 

i)                    Compensaciones económicas por trabajar en la periferia de la Comunidad Autónoma.

La Gerente comenta que las negociaciones que se venían desarrollando entre los facultativos a contratar en estas Areas Sanitarias y el SESPA acaban de romperse. También aclara que las noticias publicadas en algunos medios de comunicación, sobre alicientes económicos para la contratación de este personal, no son ciertas y lo único que hacen es crear malestar entre el personal que ya viene desarrollando su actividad profesional en estas Areas Sanitarias.

Un miembro de la Junta de Personal solicita que se trasmita a los Servicios Centrales que en otras Comunidades Autónomas se utiliza como aliciente, para solucionar el problema de la falta del personal facultativo, el pagar menos dinero al personal facultativo que trabaja en las capitales de provincia que al resto. La Gerencia comenta que alguna vez se planteó el que en las periferias se puntuase más el tiempo trabajado, pero que legalmente no se pudo realizar.

 

j) Ajustes de exceso de jornada.

La Junta plantea si la propuesta, que sobre este tema trasladó a la Dirección de Enfermería, no fue del agrado de la misma, pues ni obtuvo respuesta ni está aplicándose al personal dependiente de esa Dirección.

La Dirección de Enfermería contesta que los permisos por exceso de jornada se distribuyeron de forma aleatoria en las carteleras, se hicieron varias reuniones en las diferentes unidades, en algunas no se obtuvo propuesta por parte de los trabajadores. En la laboratorio al ser aproximadamente sólo tres días de exceso de jornada (para el personal de mañanas fijas), se podría flexibilizar.

Un miembro de la Junta de Personal plantea que en esta Area una de las ventajas con respecto a otras, era el poder disfrutar de días durante el verano. El personal de Enfermería y Aux. de Enfermería se ve perjudicado con respecto al resto de personal, tienen que firmar los cambios de día, los días de exceso de jornada se los fijan en cartelera, etc.; todo esto va a generar solicitudes de cambio de Area.

Ante la protesta por los días de exceso de jornada que este año sólo se pueden pedir en cuatro meses del año (de enero a abril sólo se pudieron solicitar días de Libre Disposición), la Gerencia contesta que este año se comenzó en marzo, pero que el siguiente será desde enero.

 

k) Ruegos y preguntas.

1)      Se plantea la diferencia exitente entre la jornada laboral del año anterior y la ponderación que envía el SESPA para la jornada laboral de este año (por ser bisiesto), hay hasta veintitrés horas de diferencia. La Dirección de Enfermería contesta que se está estudiando para detectar el error, que posiblemente la que sea errónea sea la del año anterior.

2)      Se procede a la lectura de escrito que un trabajador de este Centro envía a la Junta de Personal, en el que expone una situación que considera sus superiores no trataron debidamente. El equipo directivo explica su actuación en la situación planteada por dicho trabajador.

3)      Sobre las convocatorias de nombramiento para la supervisión de la 2ª A, la Dirección de Enfermería explica que se va a esperar a resolver las Comisiones de Servicio. Un miembro de la Junta opina que las supervisiones han de convocarse, no ofrecerse de forma individual; la Dirección de Enfermería contesta que se convocarán en breve, pero que no ve mal animar al personal a que se presente a estos cargos.

4)      En relación a la nueva oferta pública de empleo, se pregunta a la Gerencia si como incentivo al personal facultativo para trabajar en esta Area, se puede evitar sacar a traslado las plazas ocupadas por eventuales. Se pregunta si en Atención Primaria van a sacar el 100% de las plazas, la Gerente opina que no cree que sea legal sacar este porcentaje, que el criterio para el ejercicio 2007 fue sacar 1/3 del total a traslados y el resto a concurso-oposición. Lo que sí propuso es que se convoquen concursos de traslados más a menudo, animando de esta forma a solicitar esta Area como destino al personal que obtenga plaza en las futuras oposiciones.

5)      El personal facultativo que está en Servicios que sólo son dos trabajadores, quieren que se transmita que no pueden asumir quince días de guardia al mes, ya que no existe ningún apoyo.

6)      Uno de los miembros de la Junta afirma que el Jefe de la Guardia no tiene autoridad para ordenar al personal del Centro un trabajo que no le corresponde. La Gerencia aconseja que se acate dicha orden (salvo que sean órdenes vejatorias o que atenten contra la dignidad de la persona), puesto que el Jefe de la Guardia es la máxima autoridad; pero que después todas las reclamaciones, quejas y alegaciones que se hagan, se analizarán y se tomarán las medidas oportunas.

7)      También se plantea que una coordinadota de Enfermería no puede dar una orden directa al Encargado de Turno, a esto Gerencia responde que el conflicto lo debería resolver el Jefe de la Guardia.

8)      Se pregunta si para ser médico de Urgencias se debe tener dicha especialidad, la respuesta es que sólo se precisa tener “Medicina familiar y comunitaria”.

9)      Se plantean si los permisos de las supervisoras no siguen los mismos criterios que los del resto de personal de Enfermería, puesto que se concedieron permisos de Libre Disposición del 2007 durante el mes de febrero. Dirección de Enfermería explica que al no sustituir a este personal genera muchos días, y que en diciembre y enero no se les pudieron conceder, este año los deberán disfrutar a lo largo del mismo.

10)  Se consulta sobre la información que el Consejero dio en su última visita al Centro: Sobre las declaraciones del mismo a los medios informativos (indica la Gerente que no se trató el tema en la reunión de ese día), sobre la no implantación de la analgesia epidural en este Centro, alegando falta de recursos humanos y el bajo número de partos, la Gerente aclara que sigue estando a favor de la implantación de este tipo de anestesia y que solicitará una reunión con él. Ante la pregunta de si se cerrará Partos e incluso el Hospital, la Gerente contesta que no. La posibilidad de una UVI Móvil es difícil, se precisan cinco trabajadores y sólo hay una salida diaria; la actividad quirúrgica por las tardes, tampoco es viable, puesto que no hay demora suficiente y falta personal (sobre todo de anestesia).

La Junta de Personal solicita firmeza por parte de la Gerencia para defender la existencia de este Hospital.

11)  Se pregunta por qué se inauguran Centros de Salud y no se invita a ningún miembro de la Junta. La Gerente contesta que el de Ibias no fue una inauguración, sino una reapertura; de todas formas que las invitaciones las remitió el Gabinete de Prensa, no esta Gerencia.

12)  Sobre la actualización de méritos se consulta si cada Gerencia valorará a los demandantes de su Area, ésta responde que lo consultarán, aún no tienen instrucciones.

 

Y sin más asuntos que tratar, y siendo las 13’50 horas, se da por finalizada la reunión.

MESA CONTRATACIONES (MAYO 08)

MESA DE CONTRATACIONES

 

                                                                        Acta 2/2008

 

Dª. ANGELES GARCIA GARCIA – GERENTE

Dª. CRISTINA SALOMÉ ESTRADA SOLÍS–DIRECTORA MÉDICA DE ATENCIÓN PRIMARIA

D. AGUSTÍN LERA FLÓREZ-DIRECTOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS GENERALES.

Dª. ALEJANDRA NAVARRO GONZALES- DIRECTORA DE ENFERMERÍA

Dª PATRICIA GARCÍA PUENTE- SUPERVISORA DE ÁREA.

D. VICTORINO RODRÍGUEZ LINDE- CC.OO.

Dª MARÍA TERESA MARTÍNE IGLESIAS- USAE.

D. BENITO ÁLVAREZ PEREDA- JEFE DE SERVICIO DE PERSONAL.

 

            En Cangas del Narcea, siendo 14 horas del 21 de mayo de 2008 se reúnen las personas reflejadas en el encabezamiento en la Sala de Juntas del Hospital “Carmen y Severo Ochoa” con el siguiente

 

ORDEN DEL DÍA

 

1.      Lectura y aprobación, si procede, de Actas anteriores.

2.      Valoración de escritos dirigidos a la Mesa de Contrataciones.

3.      Informe sobre las Instrucciones de la Dirección Gerencia del SESPA para los nombramientos como personal estatutario temporal de F.E.A.

4.      Ruegos y preguntas.

 

Actúa como Presidente la GERENTE DEL ÁREA SANITARIA, y como Secretario el JEFE DEL SERVICIO DE PERSONAL.

 

1º PUNTO.-

            Se da lectura al Acta.

            Se aprueba el Acta 1/2008 correspondiente a la reunión de 25 de febrero de 2008.

 

2º PUNTO.-

            Se da lectura a un escrito presentado por D. Francisco Ramos Fernández (U.G.T.) en el que se comunica no poder acudir a la reunión por motivos personales.

            Dª Angeles Vicente González.- A.T.S./D.U.E. presentó solicitud de perfil de Salud Mental, aportando certificado de Experiencia Laboral Interna, superando en el mismo los 6 meses de servicios prestados en el Centro de Salud Mental. Se le concede el perfil solicitado.

            Dª Mª Rosa Día Galán – A.T.S./D.U.E., presentó solicitud de perfil de Salud Mental, aportando certificado de Experiencia Laboral Interna, superando en el mismo los 6 meses de servicios prestados en el Centro de Salud Mental. Se le concede el perfil solicitado.

            Dª Gloria Mª González Sánchez- A.T.S./D.U.E., sancionada por renunciar a una oferta de trabajo, aporta informe médico, esta Gerencia después de valorar el informe le anula la sanción y comunica a su Área Principal para que le den de baja temporal por enfermedad hasta que aporte un informe médico favorables.

Todos los presentes están de acuerdo.

            La Sección de Contrataciones del Área Sanitaria III de Avilés envía un escrito al Servicio de Personal del Área II informando que en reunión de la Mesa de Contrataciones del día 24 de abril de 2008 se acordó revocar la sanción efectuada por esta Gerencia con fecha 31 de marzo de 2008 a la A.T.S./D.U.E. Dª Eva Mª Prida Villa por renunciar a una oferta de trabajo.

Esta Gerencia retiró la sanción.

Todos los presentes están de acuerdo.

            Se informa que la T.E.L. Mª Esther Peláez Rodríguez se le da de baja temporal como demandante de empleo hasta que se reciba informe favorable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, dado que ha sido valorada como no apta condicionada a que se complete su valoración por dicho Servicio.

Todos los presentes están de acuerdo.

 

3º PUNTO.-

            La Gerente informa sobre el Borrador de Instrucciones de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, sobre nombramientos como personal estatutario temporal de Facultativos Especialistas de Área.

            Todos los representantes sindicales presentes tiene una copia del mismo y dicen conocer su contenido, se dan por enterados y se remiten a los acuerdos que se adopten con las Centrales Sindicales a la que representan a nivel centralizado, no haciendo ninguna valoración ni a favor ni en contra del borrador.

 

            D. VICTORINO RODRÍGUEZ LINDE (CC.OO).: Este tema se debería tratar en el centro, ¿Se va a presentar en la Mesa Sectorial?.

            Dª Mª TERESA MARTINEZ (USAE): ¿Hay instrucciones también para primaria?

            GERENTE: Las instrucciones de primaria si fueron llevadas a la Mesa Sectorial, las de especializada no lo sabemos, de momento es un borrador.

 

4ª PUNTO.-

            D. VICTORINO RODRÍGUEZ LINDE (CC.OO.): No se puede enviar las citaciones con tan poca antelación, de lunes para miércoles.

            GERENTE: Se convocó urgente por la solicitud del SESPA de convocar esta semana para informar del borrador de instrucciones, se puso el miércoles puesto que yo el jueves y el viernes no podía estar.

            DIRECTORA DE ENFERMERÍA: Entrega información con el calendario vacacional, informando sobre el mismo.

            SUPERVISORA DE ÁREA: Hay 10 ya contratados.

            Dª Mª TERESA MARTÍNEZ (USAE): Para el año que viene se tendría que intentar que los excesos de jornada se puedan disfrutar también en verano. Se deberían separar de los contratos de vacaciones, volver a los bloques de verano.

            D. VICTORINO RODRÍGUE (CC.OO.): ¿Se va a llamar con la nueva lista para las vacaciones?

            DIRECTORA DE ENFERMERÍA: Sí, salvo uno que ya se llamó, por acumular unos días por cursos.

            D. VICTORINO RODRÍGUEZ (CC.OO.): Eso puede dar lugar a quejas.

            DIRECTOR DE GESTIÓN: No se sabe a quién perjudica, puede ser también a la persona que se llamó. Si se necesitaba cubrir esos días tenía que llamarse.

 

            Y sin más asuntos que tratar, siendo las 15’00 horas del día señalado al principio, se da por terminada la reunión, de cuyo desarrollo como Secretario doy fe.

 

 

 

 

ACTA JUNTA PERSONAL AREA II (DICIEMBRE 07)

ACTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL AREA SANITARIA II

 

Fecha: 07/12/08                                                                      Acta 11/07

 

Angeles García García – Gerente del Area Sanitaria

Cristina Salomé Estrada Solís – Directora Médica de Atención Primaria

Joaquín Menchaca Muñiz – Director de Enfermería

Eva María Galán González – Delegada Sindical CEMSATSE

Pablo García Rodríguez Maribona – USIPA-SICEPA

Carolina Andrés Cano – CCOO

Victor Rodríguez Linde – CCOO

Francisco Javier Iglesias Rodríguez – CCOO

Mª Teresa Martínez Iglesias – USAE

Francisco Ramos Fernández – Delegado Sindical UGT

Belén Llano Membiela – UGT

 

            En Cangas del Narcea, siendo las 10 horas del día 7 de Diciembre de 2007, se reúnen las personas arriba indicadas, en la Sala de Juntas de este Centro Hospitalario.

 

            Inicia la sesión la Gerente explicando que la brevedad en los plazos que se establecieron para justificar los grados I y II de la carrera profesional (grupos A y B Sanitarios), responde a que la Administración sólo dispone hasta el día 29 de febrero de 2008, para realizar todos el desarrollo del proceso. También habla de la Secretaría Técnica de Valoración, que estará constituido por: Dirección Médica, Director de Enfermería, una Coordinadota de Enfermería de Atención Primaria, una Adjunta de Enfermería de Atención Especializada, un Coordinador Médico de Atención Primaria, un Jefe de Servicio de Atención Especializada y un miembro del equipo de Recursos Humanos; además existirá un Comité Técnico Central.

 

ORDEN DEL DÍA

 

a)      Lectura del acta anterior.

Se lee el acta de la reunión anterior, y se toma nota de las modificaciones.

 

b)      Propuesta de incremento de Plantilla Orgánica para el 2008, efectuada por la Gerencia.

La Gerencia refiere que la propuesta sobre el aumento de personal en la plantilla orgánica de este Centro para el ejercicio 2008, siempre y cuando se aprueben los presupuestos, es el siguiente:

-         5 Facultativos: 4 que se consolidarían por llevar de eventuales más de dieciocho meses (1 Traumatología, 2 Urgencias y 1 Hematología), y 1 facultativo que se incrementaría ya que se solicitó la transformación de una de las vacantes ficticias (correspondería a Medicina Interna).

-         3 DUE: 2 Unidad Salud Mental y 1 Hospital.

-         1 Fisioterapeuta: Hospital ( en al actualidad eventual a tiempo parcial).

-         1 TEL: Hospital (en la actualidad eventual a tiempo parcial).

-         1 Celador.

-         1 Auxiliar Administrativo.

-         4 SAC Enfermería.

 

c)      Permisos para acudir en horas de trabajo a una consulta médica.

La Directora de Atención Primaria expone que no se firman permisos para el día completo por esta causa, serían permisos por el tiempo indispensable y el trabajador debe justificarlos.

El único justificante válido en caso de ausencia del trabajo para la jornada completa por enfermedad, sería el parte de ILT.

 

d)      Concesión de horas retribuidas para asistir a curso de formación.

El Director de Enfermería responde que se están concediendo un mínimo de seis días, por la pertinencia de los cursos se pueden conceder más. Se conceden más en Atención Primaria ya que existía un acuerdo por el que se cubrían entre ellos; en Atención Especializada se estuvieron concediendo seis y en algunos casos hasta siete.

También añade que esto cambiará con el desarrollo de la carrera profesional.

 

e)      Ruegos y preguntas.

a.       Regularización de días por exceso de jornada para el ejercicio 2008.

El Director de Enfermería presenta una propuesta para liquidar los días de exceso de jornada, mediante la realización de contratos eventuales de larga duración. Esto permitiría a su vez mejorar el programa de capacitación del personal. Las pautas generales para la adjudicación de los días serían las siguientes:

. No imponer noches, ni festivos.

. No dar días de ajuste de jornada en verano.

. Dar correturnos, ó días en turnos ecológicos, siempre junto a los descansos y algún día puntual.

. Dar proporcionalmente los días en los periodos comprendidos entre el 16 de enero y el 31 de mayo, y el 1 de octubre y el 15 de diciembre.

Los días de libre disposición podrían pedirse durante todo el año.

Propone a la Junta de Personal que lo estudie en diez días, con el fin de elaborar las carteleras del 2008.

 

b.      Abono de kilometraje en equipos de Atención Primaria.

Belen Llano (UGT) vuelve a insistir en que la indemnización por desplazamientos no cubre el gasto real originado a los trabajadores de Atención Primaria. Añade que se están generando desplazamientos por la realización de pruebas que no estaban incluidas cuando se firmaron los acuerdos. La Gerente contesta que lo comprobará.

 

         Y sin más asuntos que tratar, y siendo las 14’00 horas, se da por finalizada la reunión.

ACUERDO -CCOO - UGT - SESPA

C O M U N I C A D O

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(Para leer completo pincha titulo, arriba izquierda) Hoy en la Mesa General de negociación de la Comunidad Autónoma donde CC.OO y UGT somos mayoritarios hemos firmado el Acuerdo de mejoras organizativas y retributivas en el ámbito del SESPA.

  De una propuesta de Acuerdo que solo afectaba exclusivamente  a los trabajadores de Primaria y a los de Especializada que realizan guardias, hemos pasado a un Acuerdo

que incluye a todos los trabajadores.

 

        Nuestro Sindicato en la anterior reunión de la Mesa presentó un catálogo de 8 puntos irrenunciables, después de muchas reuniones al más alto nivel regional, se aceptan prácticamente en su totalidad, por  tanto y en un ejercicio de responsabilidad, no solo con nuestros trabajadores, si no también con el  Sistema Sanitario Público, Comisiones Obreras firma el presente Acuerdo.

 

        La propuesta que incorporamos al documento final son:

 

        La negociación de un plan de Ordenación de Recursos  Humanos en el SESPA, en el que se definan plantillas, nuevas categorías, jubilaciones anticipadas y en el que se apueste por el empleo público estable, tanto para el personal sanitario como el  no

sanitario.

 

        La negociación de toda la problemática del SAC, SAMU, SUAP y Urgencias Hospitalarias, todo ello con una implantación paulatina de todas las mejoras antes de 31 de Diciembre de 2009, y cumpliendo el Acuerdo sobre creación y regulación de las condiciones laborales del personal SAC.

        Creación de un grupo de trabajo con la participación de los sindicatos firmantes para negociar los criterios de reparto de los incentivos entre todos los trabajadores del SESPA.

 

        Se establece un periodo anual para el encuadramiento del Nivel III y IV de desarrollo profesional desde el 7 de Enero al 15 de Febrero de cada ejercicio.

 

        Apertura del periodo ordinario de Carrera Profesional.

       

        Pago en la nómina de Noviembre de los atrasos del II nivel de Desarrollo Profesional.

 

        Convocatoria del concurso de traslados en Noviembre, sumando tanto las plazas ya convocadas en oferta pública de empleo en Febrero, como las de nueva creación en la

Ley de Crédito Extraordinario.

 

        Convocatoria en la segunda quincena de Octubre de la Mesa  de Negociación del Convenio Único del personal laboral del SESPA, estableciendo un calendario de reuniones, con el compromiso de llegar a un acuerdo en el menor tiempo posible.

En definitiva los Sindicatos que representan a todos los trabajadores firman para todos ellos no solo para un colectivo como algunos bajo amenaza pretendían.

 

CCOO LUCHANDO POR TUS INTERESES

 

VER EL TEXTO INTEGRO DEL ACUERDO

09/10/2008 08:25 Autor: sespa. #enlace. Tema: SESPA.

Los Tribunales siguen dándonos la razón …

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid se suma a la defensa del derecho a la jubilación parcial para el personal estatutario 

 

Este derecho contemplado en el Estatuto Marco, estaba siendo vulnerado por las Administraciones Sanitarias. Son los tribunales de justicia quienes están garantizando lo que la ley dispone

 

La citada sentencia declara el derecho del personal estatutario de los servicios de salud a acogerse a la jubilación voluntaria parcial, y obliga a la administración sanitaria madrileña y al INSS a realizar las actividades necesarias para la efectividad de tal jubilación parcial en un plazo de tres meses, y a abonar la consiguiente pensión de jubilación.

 

No es la primera sentencia en este sentido. Otros juzgados y tribunales del Orden Social ya se habían pronunciado en el mismo sentido en Andalucía y Canarias, en donde la administración sanitaria había accedido a la jubilación parcial, mientras el INSS la denegaba. (de ahí que las demandas fuesen por la vía del Orden Social).

 

Sin embargo, esta sentencia junto a la de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, constituyen los primeros ejemplos de reconocimiento de tal derecho por parte de los órganos jurisdiccionales del Orden Contencioso-Administrativo, cauce procedimental obligado cuando la administración sanitaria deniega de entrada la tramitación de la jubilación parcial.

 

La sentencia plantea que basta con que el solicitante reúna los requisitos establecidos en la legislación de la Seguridad Social para devengar pensión de jubilación con excepción de la edad, para poder obtener el pase a la situación de jubilación parcial, configurándose éste como un derecho de todo el personal estatutario. Aunque la sentencia introduce una matización secundaria importante, consistente en que, en el caso del personal estatutario “la cuantía de la reducción de la jornada y la correlativa del salario, no es cuestión que se tenga que pactar entre la recurrente y la Administración sanitaria, sino que, como se ha dicho, en atención a las necesidades del servicio de dicha Administración y a los intereses públicos que sirve, será la Administración sanitaria la que fijará la reducción de la jornada y la consiguiente reducción de la retribución”.   

El ICS condenado a readmitir a un médico jubilado forzosamente.

 

José Manuel Rodríguez

Asesor Jurídico de la FSS de CCOO

 

Sentencia nº 64/2008, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Cuarta), de fecha 30.01.2008 (Rollo de apelación nº 122/2007. Ponente: Eduardo Borrachina Juan).

 

El Institut Catalá de la Salut es condenado a readmitir a un médico que fue jubilado forzosamente a los 65 años, declarando el derecho de éste a permanecer en servicio activo hasta los 70 años de edad, así como la nulidad de la resolución administrativa que denegaba su solicitud para prolongar su actividad hasta cumplir dicha edad y le declaraba en situación administrativa de jubilación forzosa.

 

La sentencia, ºque revoca una anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Barcelona (dictada en autos de Procedimiento Abreviado nº 611/2005), estudia, a la vista del texto del artículo 36.2 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, cuáles son los requisitos para prolongar la permanencia en el servicio activo hasta los 70 años de edad, a saber: 1º) Que el interesado reúna la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes; 2º) Intervención preceptiva del servicio de salud correspondiente para autorizar dicha prórroga; 3º) Que las necesidades de la organización no lo impidan; y 4º) Que esas necesidades de la organización queden reflejadas en el marco del correspondiente y preceptivo Plan de Ordenación de Recursos Humanos.

 

En relación con este último extremo, la sentencia pone de manifiesto que “Dicho Plan no es ni puede ser cualquier texto donde se incide e incluso regule el servicio sanitario (sic), sino aquel que cumple los requisitos del artículo 13 del Estatuto Marco. Tanto es así, que dicha norma jurídica lo califica de instrumento básico de planificación global de los recursos humanos. Además, debe cuantificar los mencionados recursos humanos, los objetivos a conseguir en materia de personal. Fruto de esa consideración de instrumento básico, el Plan debe ser aprobado y publicado o, en su caso, (artículo 13 del Estatuto Marco) notificado en la forma que cada Servicio determine, y será previamente objeto de negociación en las Mesas correspondientes”. Dejando a este respecto muy claro que “el Plan no es cualquier estudio o encuesta realizado en las distintas gerencias, sino que es un instrumento básico, exigido terminantemente por la Ley (artículo 13), que no puede ni debe ser sustituido por cualquier otro texto, aun cuando estuviese consensuado en la Mesa Sectorial”. De modo que “la existencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos y no de cualquier otro texto, es preceptiva para poder determinar las causas que justifican que, por necesidades de la organización, se pueda denegar la solicitud de concesión de prórroga en la edad de jubilación hasta alcanzar los 70 años”.

 

Por tanto, una vez atestiguado que en el ámbito de la comunidad autónoma de Cataluña no existe ese Plan de Ordenación de Recursos Humanos en cuanto tal, se llega a la conclusión de que no es posible denegar al interesado la prórroga solicitada, máxime desde el momento en que “el interesado tenía un derecho subjetivo” a dicha prolongación, de modo que “No es admisible exceptuar el derecho de todos los interesados de forma general, global y genérica o sin concretar, …, pues hace ineficaz el derecho reconocido en el anterior precepto legal”.

 

La doctrina contenida en esta sentencia, válida para el caso de la comunidad autónoma de Cataluña, lo es igualmente para aquellos otros territorios donde se deniegue la prórroga en la permanencia en el servicio activo hasta los 70 años de edad sin base en las previsiones de un Plan de Ordenación de Recursos Humanos propiamente dicho, que, en cuanto tal, contemple la regulación de los objetivos a conseguir, los objetivos de la política de personal del respectivo servicio de salud, el número de médicos afectados y sus especialidades, la estructura u organización de los recursos humanos que se consideren adecuados para cumplir con el objetivo que se pretende conseguir, haciendo asimismo mención de las medidas necesarias para conseguir una determinada organización, la cuantificación de recursos, la programación de acceso, la movilidad geográfica y funcional o la reclasificación profesional, entre otros extremos; y que además, haya sido aprobado por el órgano competente y observando el procedimiento legalmente establecido y haya sido objeto de publicación, al menos en la forma que en cada servicio de salud se determine.

Sentencia completa:

http://www.sanidad.ccoo.es/mantenimiento/home/archivos/documento_adj147.pdf

 

OTRA: 

Asunto: SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID DE 18.07.2008. Jubilación parcial del personal estatutario de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud.

 

 

            La indicada sentencia viene a declarar el derecho del personal estatutario de los servicios de salud a acogerse a la jubilación voluntaria parcial, y condena tanto a la Administración sanitaria de la Comunidad de Madrid como al Instituto Nacional de la Seguridad Social, respectivamente, a realizar las actividades necesarias para la efectividad de tal jubilación parcial en un plazo de tres meses, y a abonar la consiguiente pensión de jubilación.

 

            No se trata de la primera sentencia firme contenedora de tal reconocimiento. De hecho, como es ampliamente conocido, algunos juzgados y tribunales del Orden Social ya se habían pronunciado en el mismo sentido en lugares, como Andalucía y Canarias, donde la correspondiente Administración sanitaria había accedido de inicio a la solicitud de jubilación parcial siendo el INSS el que al fin había denegado la correspondiente pensión de jubilación (de ahí que tales demandas se encauzaran por la vía procedimental del Orden Social). Sin embargo, junto a la previa y también fundamental sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede de Valladolid) de 02.01.2008, en cuyos Fundamentos de Derecho la sentencia ahora glosada basa íntegramente su argumentación, constituye el primer ejemplo de reconocimiento de tal derecho en una sentencia firme por parte de los órganos jurisdiccionales del Orden Contencioso-Administrativo, cauce procedimental preceptivo cuando la Administración sanitaria correspondiente deniega de entrada la tramitación de la jubilación parcial.

 

            Los argumentos manejados en el Fallo judicial son básicamente dos, a saber:

 

1º El hecho de que las previsiones del artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores no sean de aplicación a la especial relación funcionarial con que se encuentra vinculado el personal estatutario no es obstáculo para que opere la jubilación parcial de éste, desde el momento en que el artículo 26.4 del Estatuto Marco proclama textualmente este derecho, el cual viene a consagrar un derecho perfecto a la jubilación parcial que no precisa de desarrollo reglamentario alguno para su inmediata aplicación y eficacia. En todo caso, y simplemente, habrá que adaptar las previsiones del Estatuto de los Trabajadores sobre el contrato de relevo a las figuras específicamente previstas para los supuestos de puestos vacantes o sustitución en el específico ámbito normativo que nos ocupa.

 

2º La redacción del aludido artículo 26.4 del Estatuto Marco y su alusión a los planes de ordenación de recursos humanos no debe interpretarse en el sentido de que la jubilación parcial quede condicionada a la previa existencia de un plan de este tipo en el correspondiente ámbito territorial, sino que tal texto ha de ser entendido como una oportunidad que se otorga a las Comunidades Autónomas de fomentar la jubilación parcial a través de los oportunos planes de ordenación de recursos humanos en cuanto instrumentos de racionalización de la estructura organizativa en lo que se refiere al personal.

 

 

            Por tanto, basta con que el solicitante reúna los requisitos establecidos en la legislación de la Seguridad Social para devengar pensión de jubilación con excepción de la edad, para poder obtener el pase a la situación de jubilación parcial, configurándose éste como un derecho otorgado ex lege a todo el personal estatutario. Aunque la sentencia estudiada introduce una matización secundaria, pero importante, consistente en que, en el caso del personal estatutario y a diferencia del personal laboral, “la cuantía de la reducción de la jornada y la correlativa del salario, no es cuestión que se tenga que pactar entre la recurrente y la Administración sanitaria, sino que, como se ha dicho, en atención a las necesidades del servicio de dicha Administración y a los intereses públicos que sirve, será la Administración sanitaria la que fijará la reducción de la jornada y la consiguiente reducción de la retribución”.

 

 

Datos de la sentencia: Órgano: Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Fecha: 18.07.2008. Recurso núm.: Apelación 512/2008. Procedencia: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid. Ponente: D. Rafael Estévez Pendás.